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MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS
Registro minero del Perú: sanciones de seguridad, multas ambientales y accidentes mortales
RUC 20131368829· Con registros del 27 de septiembre de 2018 al 30 de junio de 2021
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La resolución es la decisión administrativa formal con la que OSINERGMIN cierra un procedimiento sancionador; no es una sentencia judicial. Una misma resolución puede multar varias infracciones a la vez, y es apelable ante el TASTEM, el tribunal de apelaciones del propio organismo.ⓘ
S/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026).ⓘ
La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.Ninguna resolución de sanción nombra a esta empresa en la entrega SAIP 2020-2026.
No figura en la lista de sanciones publicada por OSINERGMIN para 2001-2019.
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
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Eficacia de la fiscalización
La DGM no cumplió con la segunda medida preventiva establecida en el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 051-2018-OEFA/DSEM y modificada a través de la Resolución Directoral N° 477-2018- OEFA/TFA-SMEPIM, consistente en ejecutar medidas de control para evitar que el material de relave de los depósitos RELAV-LM-LL-1 y RELAV-MO-LL-4, continúen siendo arrastrados por el agua de escorrentía o las precipitaciones pluviales hacia el río Hualgayoc
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305.96 |
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Eficacia de la fiscalización
La DGM no cumplió con la tercera medida preventiva establecida en el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 051-2018-OEFA/DSEM y modificada a través de la Resolución Directoral N° 477-2018- OEFA/TFA-SMEPIM, consistente en ejecutar el cierre de las bocaminas BOC-SA-LL-3, BOC-LO-LL-4, BOC-LN-LL-3, BOC-LN-LL-17, BOC-LN-LL-6, BOC-LN-LL-14 y BOC-LO-LL-10X, y los depósitos de relaves RELAV-LM-LL-1 y RELAV-MO-LL-4
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86.95 |
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Eficacia de la fiscalización
La DGM no cumplió con la cuarta medida preventiva establecida en el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 051-2018-OEFA/DSEM y modificada a través de la Resolución Directoral N° 477-2018- OEFA/TFA-SMEPIM, consistente en remediar el suelo por donde ha discurrido los efluentes de las bocaminas BOC-LO-LL-4, BOC-LO-LL-10X, BOC-SA-LL-3, BOC-LN-LL-3, BOC-LN-LL-14 y BOC-LNLL- 6, así como el suelo por donde ha discurrido el agua de escorrentía con relave del depósito de relave RELAV-LM-LL-1, y el suelo ubicado al pie del depósito de relave RELAV-MO-LL-4
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46.49 |
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Eficacia de la fiscalización
La DGM no cumplió con la primera medida preventiva establecida en el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 051-2018-OEFA/DSEM y modificada a través de la Resolución Directoral N° 477-2018- OEFA/TFA-SMEPIM, consistente en realizar la captación y tratamiento temporal de los efluentes provenientes de las bocaminas BOC-SA-LL-3, BOC-LO-LL-4, BOC-LN-LL-3, BOC-LN-LL-14, BOC-LNLL- 17, BOC-LN-LL-6 y BOC-LO-LL-10X
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28.79 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
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Manejo de efluentes
La DGM no realiza el tratamiento del efluente de la bocamina BOC-LO-LL-10X, que es descargado al ambiente, incumpliendo lo establecido en el PCPAM La Tahona
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12.69 |
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Excesos de Límites Máximos Permisibles y/o ECAS
La DGM habría incumplido los Límites Máximos Permisibles respecto de los parámetros Cadmio (Cd), Plomo (Pb) y Zinc (Zn) Total en el punto especial ubicado en las coordenadas UTM WGS 84 E: 767534, N: 9252054 (Bocamina de la Ex unidad minera LOLA).
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3.81 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
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Abandono o remediación ambiental
La DGM no ejecutó las medidas de cierre en las bocaminas BOC-ED-LL12, BOC-ED-LL-13, BOC-LO-LL-12, BOC-ED-LL-15, BOC-ED-LL-16, BOC-ED-LL-17, BOC-ED-LL-2, BOC-LO-LL-11 y BOC-AT-LL-6, conforme lo establecido en su PC 64 PAM El Dorado.
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Abandono o remediación ambiental
La DGM no ejecutó las medidas de cierre en los siguientes botaderos de desmonte: DESM-AT-LL-1, DESMAT-LL-5, DESM-ED-LL-7, DESMED-LL-13, DESM-ED-LL-6, DESMED-LL-11, DESM-AT-LL-3, DESMED-LL-17, DESM-ED-LL-16, DESMAT-LL-2, DESM-ED-LL-10, DESMED-LL-8, DESM-ED-LL-9, DESMED-LL-4, DESM-LM-LL-1 y DESMED-LL-14, conforme lo establecido en su PC 64 PAM El Dorado.
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Abandono o remediación ambiental
La DGM no ejecutó las medidas de cierre en el depósito de relaves RELAV-MO-LL-2, conforme lo establecido en su PC 64 PAM El Dorado.
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Excesos de Límites Máximos Permisibles y/o ECAS
La DGM excedió los Límites Máximos Permisibles (en adelante, LMP) para efluentes mineros en los puntos de control E-1 (respecto a los parámetros: pH, Cobre y Zinc) y E-2 (respecto a los parámetros: pH, Solidos suspendidos, Cobre, Hierro y Zinc), así como en los puntos de control especiales ESP-2 (respecto a los parámetros: pH, Cadmio total (Cd), Cobre total (Cu), Plomo total (Pb), Zinc total (Zn) y Hierro disuelto) y ESP-3 (respecto del parámetro pH).
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Abandono o remediación ambiental
La DGM no ejecutó las medidas de cierre con respecto a la trinchera TRINCH-ED-LL-2 y las infraestructuras de código INFR-EDLL-1 e INFR-LM-LL-1, conforme lo establecido en su PC 64 PAM El Dorado.
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| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
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Abandono o remediación ambiental
La Dirección General de Minería no ejecutó todas las actividades de cierre en las bocaminas, en los depósitos de desmonte, en los depósitos de relaves, en la media barreta, y en las trincheras, incumpliendo lo dispuesto en su instrumento de gestión ambiental.
medida correctiva dictada
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Adopción de medidas de previsión y control ambiental
La Dirección General de Minería no adoptó las medidas que garanticen el cumplimiento de los límites máximos permisibles en los efluentes provenientes de las bocaminas y depósitos de relave, incumpliendo lo dispuesto en su instrumento de gestión ambiental.
medida correctiva dictada
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Abandono o remediación ambiental
La Dirección General de Minería no ejecutó las actividades de mantenimiento y monitoreo post cierre de las trincheras TRINCH-LO-LL-3 y TRINCH-LN-LL-1, incumpliendo lo dispuesto en su instrumento de gestión ambiental.
medida correctiva dictada
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Del Registro Único de Infractores Ambientales Sancionados (RUIAS) de la OEFA, subsector minería, corte al 30 de abril de 2024. Las multas están en UIT, la unidad tributaria que el Perú revalúa cada año, tal como las expresa la OEFA; un expediente puede tener varias infracciones y una medida correctiva en lugar de multa.
Ningún fallecido atribuido a esta empresa en la lista 2002-2021 del MINEM.