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GREAT PANTHER CORICANCHA S.A.

Registro minero del Perú: sanciones de seguridad, multas ambientales y accidentes mortales

RUC 20342660429· Con registros del 19 de junio de 2007 al 29 de septiembre de 2021

Aparece en la fuente como: GREAT PANTHER CORICANCGA S.A.

2
resoluciones de sanción
ⓘ La resolución es la decisión administrativa formal con la que OSINERGMIN cierra un procedimiento sancionador; no es una sentencia judicial. Una misma resolución puede multar varias infracciones a la vez, y es apelable ante el TASTEM, el tribunal de apelaciones del propio organismo.
145,475
en multas (S/)
ⓘ S/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026).
3
resoluciones publicadas 2001-2019
10
expedientes ambientales OEFA
639.84
en multas OEFA (UIT)
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
4
fallecidos 2002-2021 (MINEM)
Multas de seguridad de OSINERGMIN, 2020-2026, obtenidas por solicitud de acceso a la información

Del 10 de junio de 2021 al 29 de septiembre de 2021 · S/ 145,475 ≈$43K

Resolución 3123-2021 S/ 0
29 de septiembre de 2021 · DIVISIÓN DE SUPERVISIÓN DE MEDIANA MINERÍA
Expediente: 202000122557
Administrado según la fuente: GREAT PANTHER CORICANCHA S.A.
Obligación (etiqueta de OSINERGMIN)
ⓘ La obligación legal que OSINERGMIN consideró incumplida, en la redacción textual del organismo.
Estado (OSINERGMIN)
ⓘ Estado por infracción según el propio OSINERGMIN, mostrado textual: FUNDADA, FUNDADA EN PARTE, INFUNDADA, ARCHIVADA, NULIDAD, EMITIDA.
UIT
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
Multas (S/)
ⓘ S/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026).
% pagado
ⓘ La parte de la multa que OSINERGMIN reporta como pagada para esta infracción. No se ha confirmado con el organismo si refleja la cobranza al día.
2.2.5 Operación de depósitos de relaves y pilas de lixiviación ARCHIVADA 0 0 0%
Resolución 1844-2021 S/ 145,475 ≈$43K
10 de junio de 2021 · DIVISIÓN DE SUPERVISIÓN DE MEDIANA MINERÍA
Expediente: 201900191768
Administrado según la fuente: GREAT PANTHER CORICANCHA S.A.
Obligación (etiqueta de OSINERGMIN)
ⓘ La obligación legal que OSINERGMIN consideró incumplida, en la redacción textual del organismo.
Estado (OSINERGMIN)
ⓘ Estado por infracción según el propio OSINERGMIN, mostrado textual: FUNDADA, FUNDADA EN PARTE, INFUNDADA, ARCHIVADA, NULIDAD, EMITIDA.
UIT
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
Multas (S/)
ⓘ S/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026).
% pagado
ⓘ La parte de la multa que OSINERGMIN reporta como pagada para esta infracción. No se ha confirmado con el organismo si refleja la cobranza al día.
6.1.2 Obligaciones del supervisor INFUNDADA 22.33 122,815 0%
2.2.2 Reparación, mantenimiento y limpieza EMITIDA 4.12 22,660 0%
Sanciones publicadas por OSINERGMIN, 2001-2019
Año Resolución
ⓘ La resolución es la decisión administrativa formal con la que OSINERGMIN cierra un procedimiento sancionador; no es una sentencia judicial. Una misma resolución puede multar varias infracciones a la vez, y es apelable ante el TASTEM, el tribunal de apelaciones del propio organismo.
Administrado según la fuente Tipo Resolución del TASTEM
9 de febrero de 2018 5-2018-OS-GSM oculta en la página del organismo GREAT PANTHER CORICANCGA S.A. 097-2018-OS-TASTEM-S2
18 de septiembre de 2017 8-2017-OS-GSM oculta en la página del organismo GREAT PANTHER CORICANCHA S.A. 094-2018-OS-TASTEM-S2
31 de marzo de 2017 2-2017-OS-GSM oculta en la página del organismo GREAT PANTHER CORICANCHA S.A. 228-2017-OS-TASTEM-S2

La lista del propio organismo, congelada en diciembre de 2019. No publica el monto de la multa: el PDF de la resolución es el registro. Una fila que nombra al titular y a su contratista juntos se muestra tal como fue escrita.

Sanciones ambientales de la OEFA, 2017-2023
1670-2021-OEFA/DFAI 26.29 UIT
30 de junio de 2021 · Unidad: Coricancha · Lima
Expediente: 1188-2019-OEFA/DFAI/PAS
Recurso: APELACIÓN, resuelto por 0182-2023-OEFA/TFA-SE el 4 de abril de 2023
Infracción (clasificación de la OEFA) Multa (UIT)
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
Abandono o remediación ambiental
El administrado no ejecutó el cierre progresivo de los depósitos de desmonte sin valor económico (canchas N° 1, 2, 5, 7, 9, 10 y 14) y depósitos de desmonte con valor económico (canchas N° 3, 4, 6 y 12).
16.40
Abandono o remediación ambiental
El administrado no ejecutó el cierre final de los circuitos de flotación plomo-zinc y arsénico-pirita, tanques de reactivos y de la planta de espesamiento y filtrado de relaves, correspondientes a la Planta Concentradora, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
5.58
Abandono o remediación ambiental
El administrado no ejecutó el cierre final de las bocaminas Nv. 550, Nv. 640, Nv. 710, Nv. 821 y Nv. 690, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
1.77
Abandono o remediación ambiental
El administrado no ejecutó el cierre progresivo del depósito de relaves Chinchán (Fase I).
1.63
Abandono o remediación ambiental
El administrado no ejecutó el cierre final del depósito de combustibles, líneas de transmisión y cancha de volatilización, incumpliendo lo indicado en sus instrumentos de gestión ambiental.
0.65
Actividades, componentes y/o equipos no declarados
El administrado implementó la Bocamina Nv. 845, incumpliendo lo indicado en su instrumento de gestión ambiental
medida correctiva dictada
0.25
Excesos de Límites Máximos Permisibles y/o ECAS
El administrado excedió los Límites Máximos Permisibles respecto de los parámetros potencial de hidrógeno (pH), Sólidos totales suspendidos (STS), Arsénico (As), Cadmio (Cd), Cobre (Cu) y Zinc (Zn) en los siguientes puntos: (i) ESP-AS-03: Exceso de los parámetros pH, As, Cd, Cu y Zn en efluente proveniente de la Bocamina Nv. 821 y (ii) P10-A: Exceso del parámetro STS proveniente del efluente proveniente de la planta de neutralización que descarga al margen izquierdo del río Rímac.
0.01
0306-2020-OEFA/DFAI 17.50 UIT
28 de febrero de 2020 · Unidad: Coricancha · Lima
Expediente: 3211-2018-OEFA/DFAI/PAS
Recurso: APELACIÓN, resuelto por 0286-2020-OEFA/TFA-SE el 15 de diciembre de 2020
Infracción (clasificación de la OEFA) Multa (UIT)
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
Compromisos y/o normas ambientales simples
El administrado no realizó el transporte y disposición final de lodos en el Depósito de Relaves Chinchán, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
medida correctiva dictada
17.50
2225-2019-OEFA/DFAI 0.32 UIT
31 de diciembre de 2019 · Unidad: Coricancha · Lima
Expediente: 2576-2018-OEFA/DFAI/PAS
Recurso: APELACIÓN, resuelto por 0020-2021-OEFA/TFA-SE el 26 de enero de 2021
Infracción (clasificación de la OEFA) Multa (UIT)
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
Eficacia de la fiscalización
Great Panther Coricancha S.A. no instaló la poza de colección que sirve como mecanismo de contingencia ante la posible infiltración del agua de escorrentía en los relaves del depósito de relaves Triana, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles establecido, incumpliendo con la medida preventiva ordenada en el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 066-2017-OEFA/DS.
0.32
1897-2019-OEFA/DFAI 127.74 UIT
28 de noviembre de 2019 · Unidad: Coricancha · Lima
Expediente: 0059-2019-OEFA/DFAI/PAS
Recurso: APELACIÓN, resuelto por 0338-2020-OEFA/TFA-SE el 30 de diciembre de 2020
Infracción (clasificación de la OEFA) Multa (UIT)
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El administrado no adoptó las medidas de prevención y control para evitar que el agua de mina proveniente de las bocaminas Nv. 836, Nv. 740 y Nv. 690, descarguen sobre el suelo en un talud con dirección al río Aruri.
medida correctiva dictada
50.96
Manejo de efluentes
El administrado no realizó la colección y derivación del agua de mina proveniente de la bocamina Nv. 640 hacia la planta de Lixiviación Bacteriana o plata de Neutralización, de ser el caso, de acuerdo a lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
medida correctiva dictada
50.64
Excesos de Límites Máximos Permisibles y/o ECAS
El administrado excedió los Límites Máximos Permisibles en los puntos de muestreo ESP-11 (efluente proveniente de las bocaminas Nv 836, 740 y 690) y ESP-12 (efluente proveniente de la Bocamina Nv 640); respecto de los parámetros pH, Arsénico total, Cadmio total, Cobre total, Plomo total, Zinc total y Hierro disuelto.
12.37
Eficacia de la fiscalización
El administrado incumplió con la medida preventiva ordenada en el artículo 3° de la Resolución Directoral N° 014-2017-OEFAOEFA/ DS; toda vez que, un área de 600m2 del depósito de relaves 1 y 2 no contaba con cobertor.
8.13
Actividades, componentes y/o equipos no declarados
El administrado implementó una (1) cancha de desmonte colindante a la Bocamina Nv. 945 – Zona Constancia, no contemplada en su instrumento de gestión ambiental.
medida correctiva dictada
5.64
1895-2019-OEFA/DFAI 19.45 UIT
28 de noviembre de 2019 · Unidad: Coricancha · Lima
Expediente: 2949-2018-OEFA/DFAI/PAS
Recurso: APELACIÓN, resuelto por 0299-2020-OEFA/TFA-SE el 21 de diciembre de 2020
Infracción (clasificación de la OEFA) Multa (UIT)
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
Compromisos y/o normas ambientales complejas
El administrado no implementó una poza de contingencia en el depósito de relaves Triana, a fin de controlar la descarga de agua de contacto hacia los cuerpos receptores del río Aruri y Rímac.
19.41
Compromisos y/o normas ambientales simples
El administrado no contaba con el sistema de detección de fugas en la poza de eventos del depósito de relaves Chinchan, a fin de controlar la ocurrencia de posibles filtraciones, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
0.04
3107-2018-OEFA/DFAI
7 de diciembre de 2018 · Unidad: Coricancha · Lima
Expediente: 0166-2018-OEFA/DFAI/PAS
Recurso: APELACIÓN, resuelto por 0302-2019-OEFA/TFA-SMEPIM el 19 de junio de 2019
Infracción (clasificación de la OEFA) Multa (UIT)
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
Compromisos y/o normas ambientales simples
en el extremo del incumpliendo de recirculación de las aguas de infiltración del depósito de relaves Chinchan
Compromisos y/o normas ambientales simples
GP Coricancha almacenó óxido de calcio (cal) sin aislarlo de otros materiales y del ambiente y sin un sistema de contención secundaria.
Compromisos y/o normas ambientales complejas
GP Coricancha no reforestó el depósito de relaves Triana, incumpliendo lo establecido en el Plan de Abandono de Canchas “Antiguas” de Relaves de la U.P. Tamboraque.
0304-2018-OEFA/DFAI 448.54 UIT
27 de febrero de 2018 · Unidad: Coricancha · Lima
Expediente: 0279-2017-OEFA/DFSAI/PAS
Recurso: APELACIÓN, resuelto por 0222-2018-OEFA/TFA-SMEPIM el 6 de agosto de 2018
Infracción (clasificación de la OEFA) Multa (UIT)
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
Actividades, componentes y/o equipos no declarados
Se detectó la existencia de cuatro (4) canchas o botaderos de desmonte no contemplados en su instrumento de gestión ambiental.
medida correctiva dictada
412.54
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El titular minero no habría implementado las medidas necesarias para la contención y colección de posibles derrames en la planta de molienda, en las tuberías de conducción de agua de mina y pulpa de mineral y en la plataforma para el lavado de camiones de equipo de carguío de concentrados de plomo.
medida correctiva dictada
36.00
Compromisos y/o normas ambientales complejas
El titular minero no habría realizado el traslado del relave almacenado en los Depósitos de Relave N° 1 y 2 hacia el Depósito de Relave Chinchán, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
medida correctiva dictada
Manejo de efluentes
El titular minero estaría conduciendo el flujo de agua proveniente de la planta de beneficio hacia la alcantarilla de la carretera central, la cual estaría siendo descargada hacia el río Rímac.
medida correctiva dictada
Residuos Sólidos
El titular minero no habría realizado un adecuado manejo y almacenamiento de sus residuos sólidos no peligrosos.
0168-2018-OEFA/DFAI
26 de enero de 2018 · Unidad: Pucarrajo · Ancash
Expediente: 1789-2017-OEFA/DFSAI/PAS
Recurso: APELACIÓN, resuelto por 0199-2018-OEFA/TFA-SMEPIM el 13 de julio de 2018
Infracción (clasificación de la OEFA) Multa (UIT)
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El titular minero no adoptó las medidas de protección que eviten e impidan que el agua de mina proveniente de la bocamina del nivel 4700 discurra libremente al medio ambiente
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El titular minero no adoptó las medidas de prevención y control que eviten e impidan que el relave que se encontraba en el depósito de relaves Oasis entre en contacto con el suelo y la vegetación ya que en algunos tramos no se contaba con geomembrana y en otros, ésta se encontraba rota
Excesos de Límites Máximos Permisibles y/o ECAS
El titular minero excedió los Límites Máximos Permisibles para efluentes mineros, respecto del parámetro Zinc Total en el punto de control identificado como ESP-1, efluente proveniente de la bocamina Natividad, los parámetros Arsénico Total y Zinc Total en el punto de control identificado como ESP-3, el parámetro Zinc Total en los puntos de control identificados como ESP-2 y EMEL 01 V1
Excesos de Límites Máximos Permisibles y/o ECAS
El titular minero excedió los Límites Máximos Permisibles para efluentes mineros, respecto del parámetro Zinc Total en el efluente proveniente de las bocaminas Crucero 2000, Crucero 920 y Natividad, en los puntos de control identificados como ESP-3, ESP-4 y ESP-5
Compromisos y/o normas ambientales simples
El titular minero no construyó el canal de captación del agua de escorrentía en el depósito de desmonte Nº 1, incumpliendo lo dispuesto en su instrumento de gestión ambienta
Manejo de efluentes
El titular minero no captó el agua proveniente de la bocamina Sabrina a través de un canal para derivarlo hacia una poza de sedimentación y luego hacia la quebrada ubicada aguas arriba de la laguna Shauana, incumpliendo lo dispuesto en su instrumento de gestión ambiental
Manejo de efluentes
El titular minero realizó descargas al ambiente de flujos de agua residual provenientes de las bocaminas Mónica Nv. 4620 y Crucero 2000, a través de los puntos de control de efluente minero-metalúrgico ESP-1 y ESP-3, los cuales no se encuentran incluidos en sus instrumentos de gestión ambiental
Actividades, componentes y/o equipos no declarados
El titular minero implementó las bocaminas Crucero 2000, Mónica, Nivel 700, Sabrina, Nivel 4800. Nivel 4720 y Nivel 4750, así como los componentes profundización de mina, antena de radio y línea de energía planta-mina, los cuales no se encuentran previstos en sus instrumentos de gestión ambiental
Manejo de efluentes
El titular minero realizó descargas al ambiente de efluentes en los puntos identificados como ESP-2, ESP-9, ESP-8 y ESP-11, provenientes del drenaje de Botadero Pucarrajo, Botadero de desmonte del Nivel 4500, de la bocamina del Nivel 4570, de la bocamina Natividad y Botadero de Desmontes del nivel 4650, los cuales no se encontrarían contemplados en sus instrumentos de gestión ambiental
1123-2017-OEFA/DFSAI
28 de septiembre de 2017 · Unidad: Coricancha · Lima
Expediente: 0280-2017-OEFA/DFSAI/PAS
Recurso: RECONSIDERACIÓN, resuelto por 0947-2018-OEFA/DFAI el 21 de mayo de 2018
Infracción (clasificación de la OEFA) Multa (UIT)
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
Actividades, componentes y/o equipos no declarados
El titular minero implementó dos (2) silos que colectan las aguas residuales domésticas del área de oficinas y comedor sin contar con diseño, incumpliendo su instrumento de gestión ambiental
medida correctiva dictada
0489-2017-OEFA/DFSAI
5 de abril de 2017 · Unidad: Coricancha · Lima
Expediente: 0470-2014-OEFA/DFSAI/PAS
Recurso: APELACIÓN, resuelto por 0034-2017-OEFA/TFA-SMEPIM el 22 de agosto de 2017
Infracción (clasificación de la OEFA) Multa (UIT)
ⓘ La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.
Compromisos y/o normas ambientales simples
El titular minero no cumplió con la construcción y/o mantenimiento de los canales de drenaje en distintas áreas de la unidad minera, incumpliendo lo señalado en su instrumento de gestión ambiental.
Actividades, componentes y/o equipos no declarados
El titular minero dispuso la construcción del Depósito de Relaves Extensión Temporal Sur sin contar con autorización por parte de la autoridad competente en un Estudio de Impacto Ambiental.
medida correctiva dictada
Compromisos y/o normas ambientales simples
El titular minero no adoptó el método de descarga de relaves que establece la Modificación de su Estudio de Impacto Ambiental aprobada por Resolución Directoral Nº 294-2009-MEM-AAM.
Compromisos y/o normas ambientales simples
El titular minero no cumplió con transportar el relave filtrado directamente hacia el depósito de relaves Chinchán, disponiéndolo en un área adyacente a la planta de filtrado sobre una superficie de suelo sin protección.
medida correctiva dictada
Compromisos y/o normas ambientales complejas
El titular minero dispuso relaves frescos de la Planta de Beneficio Concentradora Tamboraque en los Depósitos de Relaves Nº 1 y 2, situación que no se encontraría prevista en la Modificación de su Estudio de Impacto Ambiental aprobada por Resolución Directoral Nº 294-2009-MEM-AAM.
Abandono o remediación ambiental
El titular minero no habría cumplido con ejecutar el traslado de relaves antiguos del Depósito de Relaves Nº 1 y 2 al nuevo Depósito de Relaves Chinchán, de acuerdo a la cantidad mensual establecida en la modificación del Plan de Cierre de Minas.
medida correctiva dictada
Abandono o remediación ambiental
El titular minero no cumplió con ejecutar el traslado de relaves frescos de la Planta de Beneficio Concentradora Tamboraque al nuevo Depósito de Relaves Chinchán, de acuerdo a la cantidad mensual establecida en la modificación del Plan de Cierre de Minas.
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El titular minero dispuso relaves sobre suelo en la parte alta al lado norte del Depósito de Relaves Nº 1 y 2, en vez de trasladarlos al patio de relaves de Tamboraque, lo cual constituiría un incumplimiento de la Modificación de su Estudio de Impacto Ambiental aprobado por Resolución Directoral Nº 294-2009-MEM-AAM.
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El titular minero no adoptó las medidas necesarias para evitar e impedir el derrame de lodos y sedimentos con alto contenido de Arsénico y Plomo en distintas áreas de la unidad minera.
medida correctiva dictada

Del Registro Único de Infractores Ambientales Sancionados (RUIAS) de la OEFA, subsector minería, corte al 30 de abril de 2024. Las multas están en UIT, la unidad tributaria que el Perú revalúa cada año, tal como las expresa la OEFA; un expediente puede tener varias infracciones y una medida correctiva en lugar de multa.

Accidentes mortales, 2002-2021 (MINEM)
Fecha de fallecimiento Unidad minera Tipo de accidente (según la fuente) Lugar Categoría
14 de agosto de 2011 MINA CORICANCHA ATRAPADO POR SUCCIÓN DE MINERAL / DESMONTE SAN MATEO, HUAROCHIRI, LIMA Gran y Mediana Minería
23 de abril de 2011 MINA CORICANCHA ATRAPADO POR SUCCIÓN DE MINERAL / DESMONTE SAN MATEO, HUAROCHIRI, LIMA Gran y Mediana Minería
7 de junio de 2010 MINA CORICANCHA EXPOSICIÓN A, O CONTACTO CON ENERGÍA ELÉCTRICA SAN MATEO, HUAROCHIRI, LIMA Gran y Mediana Minería
19 de junio de 2007 MINA CORICANCHA INTOXICACION-ASFIXIA-ABSORCION-RADIACIONES SAN MATEO, HUAROCHIRI, LIMA Gran y Mediana Minería

Una fila por fallecido según la lista de datos abiertos del Ministerio de Energía y Minas, que nombra al titular y a la unidad minera. El archivo no tiene filas de 2019 y solo 10 de 2017-2018, un vacío de la fuente; los fallecidos posteriores a junio de 2021 no están en él.