← Registro minero del Perú · Todas las sanciones del Perú
OXIDOS DE PASCO S.A.C.
Registro minero del Perú: sanciones de seguridad, multas ambientales y accidentes mortales
RUC 20600715187· Con registros del 28 de febrero de 2018 al 20 de noviembre de 2020
ⓘ
La resolución es la decisión administrativa formal con la que OSINERGMIN cierra un procedimiento sancionador; no es una sentencia judicial. Una misma resolución puede multar varias infracciones a la vez, y es apelable ante el TASTEM, el tribunal de apelaciones del propio organismo.ⓘ
S/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026).ⓘ
La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.Del 20 de noviembre de 2020 al 20 de noviembre de 2020 · S/ 0
Obligación (etiqueta de OSINERGMIN)
ⓘLa obligación legal que OSINERGMIN consideró incumplida, en la redacción textual del organismo. |
Estado (OSINERGMIN)
ⓘEstado por infracción según el propio OSINERGMIN, mostrado textual: FUNDADA, FUNDADA EN PARTE, INFUNDADA, ARCHIVADA, NULIDAD, EMITIDA. |
UIT
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
Multas (S/)
ⓘS/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026). |
% pagado
ⓘLa parte de la multa que OSINERGMIN reporta como pagada para esta infracción. No se ha confirmado con el organismo si refleja la cobranza al día. |
|---|---|---|---|---|
| 9.3 Disposicion y manejo de residuos mineros | ARCHIVADA | 0 | 0 | 0% |
No figura en la lista de sanciones publicada por OSINERGMIN para 2001-2019.
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Eficacia de la fiscalización
El titular minero no cumplió con ejecutar la medida preventiva establecida en el artículo 3° de la Resolución Directoral N° 0362016-OEFA/DS, consistente en ejecutar, dentro del plazo otorgado en la referida resolución (30 días hábiles), medidas adicionales que eviten el libre acceso y contacto de los pobladores a las áreas de los stocks piles en las que se vienen ejecutando trabajos de chancado, carguío y transporte de mineral
|
20.90 |
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El titular minero no cumplió con el requerimiento establecido en el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 036-2016-OEFA/DS, consistente en realizar el proyecto de actualización de su instrumento de gestión ambiental ante la autoridad de certificación ambiental competente, dirigido a incluir medidas de manejo ambiental que mitiguen los impactos ambientales negativos que podría ocasionar la dispersión del material particulado y el drenaje ácido de roca que se generaría en los stock piles de Planta de Óxidos, fue presentado fuera del plazo establecido en el requerimiento de actualización de instrumento de gestión ambiental (40 días hábiles)
|
9.72 |
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El titular minero no habría realizado el desplazamiento del espejo de agua del depósito de relaves Ocroyoc hacia la ladera Este, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Eficacia de la fiscalización
El administrado no habría cumplido con implementar el sistema de control de la dispersión del material particulado en el stock pile (paco), de manera que se evite que el material particulado llegue al Parque Infantil Ecológico Paragsha, incumpliendo lo dispuesto en la medida preventiva dictada en el artículo 1° de la RD 008-2017
|
|
|
Eficacia de la fiscalización
El administrado no habría implementado un cerco perimétrico hacia el lado que colinda el stock pile (paco) con el Parque Infantil Ecológico Paragsha, a fin de evitar el ingreso de personas a dicho componente, incumpliendo lo dispuesto en la medida preventiva dictada en el artículo 2° de la RD 008-2017
|
|
|
Eficacia de la fiscalización
El administrado no habría realizado la limpieza (retiro) del suelo del Parque infantil Ecológico Paragsha, incumpliendo lo dispuesto en la medida preventiva dictada en el artículo 3° de la Resolución Directoral N° 008- 2017-OEFA/DS
|
|
|
Eficacia de la fiscalización
El administrado presentó el cronograma de ejecución de las actividades señaladas en los artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución Directoral N° 008-2017-OEFA/DS, el cual incumplía lo previsto en el 4° de la Resolución Directoral N° 008-2017-OEFA/DS, en tanto dicho cronograma no contempló las medidas para ejecutar el retiro (limpieza) del suelo del Parque Ecológico de Paragsha, y por otro lado, los plazos previstos para ejecutar las actividades programadas excedían los plazos establecidos en la Resolución Directoral N° 008-2017-OEFA/DS
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El administrado no ejecutó de manera inmediata las medidas de mantenimiento de los sistemas de bombeo de agua para consumo humano Garga y Paragsha, a fin de controlar la presencia de los parámetros microbiológicos en dicha agua, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 056-2018-OEFA/DSEM
|
71.70 |
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El administrado no ejecutó de manera inmediata las medidas de mantenimiento, control y optimización de los sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano Garga y Paragsha, priorizando la dosificación de cloro, a fin de controlar los parámetros microbiológicos, cuya cantidad debía estar conforme a lo establecido en el Reglamento de calidad de Agua para consumo Humano, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2010-SA, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 056-2018-OEFA/DSEM.
*Se archiva en el extremo referido al mantenimiento del sistema de abastecimiento de agua de consumo en Garga, dispuesta en el numeral 1 del artículo 1° de la Resolución Directoral N° 056-2018- OEFA/DSEM
|
41.11 |
|
Monitoreos ambientales
El administrado no realizó, como parte de las medidas de mantenimiento, control y optimización de los sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano Garga y Paragsha, el monitoreo diario, por un período de 10 días, del agua que abastece a la población, con el fin de analizar los parámetros Microbiológicos, Parasitológicos y cloro residual libre conforme a los anexos I y III del Reglamento de calidad de Agua para consumo humano, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2010-SA, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 056-2018-OEFA/DSEM.
|
5.60 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Excesos de Límites Máximos Permisibles y/o ECAS
Los administrados excedieron los Límites Máximos Permisibles respecto de los parámetros potencial de hidrógeno (pH), sólidos totales suspendidos (STS), arsénico total (As), cobre total (Cu) y zinc total (Zn) en el punto de muestreo identificado como ESP- 1
|
62.29 |
|
Excesos de Límites Máximos Permisibles y/o ECAS
Los administrados excedieron los Límites Máximos Permisibles respecto de los parámetros potencial de hidrógeno (pH), sólidos totales suspendidos (STS), arsénico total (As), cobre total (Cu) y zinc total (Zn) en el punto de muestreo identificado como ESP- 1
|
62.29 |
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
Los administrados no implementaron el tratamiento de sedimentación y cloración del agua para consumo humano, en los tanques de Paragsha y Garga (Uliachin), para la distribución a la población de Paragsha y otras, hasta que la planta de tratamiento de agua potable de EMAPA Pasco opere al 100% de su capacidad, incumpliendo sus instrumentos de gestión ambiental.
|
24.35 |
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
Los administrados no implementaron el tratamiento de sedimentación y cloración del agua para consumo humano, en los tanques de Paragsha y Garga (Uliachin), para la distribución a la población de Paragsha y otras, hasta que la planta de tratamiento de agua potable de EMAPA Pasco opere al 100% de su capacidad, incumpliendo sus instrumentos de gestión ambiental.
|
24.35 |
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
Los administrados no ejecutaron programas regulares de inspección y mantenimiento preventivo de las instalaciones de la estación de bombeo Yurajhuanca, asimismo, no cuentan con un registro actualizado de estas actividades, incumpliendo lo establecido en la normativa ambiental.
|
21.68 |
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
Los administrados no ejecutaron programas regulares de inspección y mantenimiento preventivo de las instalaciones de la estación de bombeo Yurajhuanca, asimismo, no cuentan con un registro actualizado de estas actividades, incumpliendo lo establecido en la normativa ambiental.
|
21.68 |
|
Incumplimientos formales
Empresa Administradora Cerro S.A.C. no presentó al OEFA de manera completa la información solicitada mediante requerimiento documentario que forma parte del Acta de Supervisión, incumpliendo lo establecido en la normativa ambiental
|
3.65 |
|
Incumplimientos formales
Empresa Administradora Cerro S.A.C. no presentó al OEFA de manera completa la información solicitada mediante requerimiento documentario que forma parte del Acta de Supervisión, incumpliendo lo establecido en la normativa ambiental
|
3.65 |
|
Manejo de efluentes
Los administrados no implementaron medidas de manejo para minimizar la existencia de infiltraciones de agua ácida hacia el suelo ubicado adyacente al depósito de desmonte Hanancocha y el depósito de desmonte Stock piles (denominado aeropuerto), incumpliendo lo establecido en la normativa ambiental
|
|
|
Manejo de efluentes
Los administrados no implementaron medidas de manejo para minimizar la existencia de infiltraciones de agua ácida hacia el suelo ubicado adyacente al depósito de desmonte Hanancocha y el depósito de desmonte Stock piles (denominado aeropuerto), incumpliendo lo establecido en la normativa ambiental
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El administrado no abasteció a las poblaciones con agua apta para el consumo humano, toda vez que no efectuó el tratamiento de las aguas provenientes de los reservorios de Paraghsa y Garga, las cuales excedieron el parámetro coliforme totales; asimismo no se realizó la cloración en el Tanque Uliachin, ubicado en coordenadas UTM WGS 84 E: 361858, N: 8817563, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
|
30.43 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Reportes de emergencia
Óxidos de Pasco no presentó al OEFA el Reporte Preliminar de Emergencias Ambientales ni el Reporte Final de Emergencias respecto al derrame de relaves producido en el sistema de bombeo de relave del área 1600
medida correctiva dictada
|
|
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
Óxidos de Pasco no adoptó las medidas de prevención y control a fin de evitar el derrame de relave producido en el sistema de bombeo de relave del área 1600, el cual discurrió a través de la vía de acceso hacia el canal de escorrentía de agua de no contacto, siendo conducido hacia el exterior de la unidad fiscalizable y entrando en contacto con pastizales, direccionándose al canal que conduce agua al río Ragra
medida correctiva dictada
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Residuos Sólidos
Óxidos de Pasco no implementó el área de almacenamiento temporal central para almacenar los residuos peligrosos de la Planta de Óxidos, incumpliendo lo establecido en su Instrumento de Gestión Ambiental
medida correctiva dictada
|
16.08 |
|
Residuos Sólidos
Óxidos de Pasco no realizó la disposición final de sus residuos sólidos domésticos fuera de la Planta de Óxidos mediante una EPS-RS, incumpliendo lo establecido en el instrumento de gestión ambiental.
medida correctiva dictada
|
11.55 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
No contar con equipos o sistemas de tratamientos comprometidos en su IGA
Óxidos de Pasco no implementó un sistema de derivación para el agua de escorrentía, consistente en un canal de coronación que bordeara la totalidad de la Planta de Óxidos, conforme a lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
|
28.41 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
Óxidos de Pasco no adoptó las medidas de prevención y control para evitar o impedir el contacto de agua residual doméstica del poblado José Carlos Mariátegui con los Stock Piles de mineral de la Planta de Óxidos.
medida correctiva dictada
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El titular minero no adoptó las medidas de previsión y control que eviten e impidan que el agua de contacto proveniente del stock pile se mezcle con el agua residual doméstica de la población Paragsha y sea descargada sin tratamiento previo al río Ragra
|
|
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El titular minero no adoptó medidas de previsión y control que eviten e impidan que: (i) el agua de contacto proveniente del depósito de desmonte Hanancocha y el agua residual doméstica proveniente del sector José Carlos Mariátegui sea descargada sin tratamiento previo al río Ragra, y (ii) la colmatación del canal perimetral de dicho componente con material de desmonte
medida correctiva dictada
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Abandono o remediación ambiental
Oxidos de Pasco deberá colocar una manta cobertora impermeable sostenible en el tiempo, sobre los Stock Piles, así como implementar cunetas para derivar las aguas de escorrentías.
Además, Óxidos de Pasco deberá limitar el riego de los Stock Piles unicamente a las actividades de carguío y traslado del material que será removido.
|
Del Registro Único de Infractores Ambientales Sancionados (RUIAS) de la OEFA, subsector minería, corte al 30 de abril de 2024. Las multas están en UIT, la unidad tributaria que el Perú revalúa cada año, tal como las expresa la OEFA; un expediente puede tener varias infracciones y una medida correctiva en lugar de multa.
Ningún fallecido atribuido a esta empresa en la lista 2002-2021 del MINEM.