← Registro minero del Perú · Todas las sanciones del Perú
EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C.
Registro minero del Perú: sanciones de seguridad, multas ambientales y accidentes mortales
RUC 20538848060· Con registros del 2 de octubre de 2011 al 13 de marzo de 2026
Aparece en la fuente como: EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C · EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO SAC
ⓘ
La resolución es la decisión administrativa formal con la que OSINERGMIN cierra un procedimiento sancionador; no es una sentencia judicial. Una misma resolución puede multar varias infracciones a la vez, y es apelable ante el TASTEM, el tribunal de apelaciones del propio organismo.ⓘ
S/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026).ⓘ
La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles.Del 18 de enero de 2022 al 13 de marzo de 2026 · S/ 1,299,797 ≈$388K
Obligación (etiqueta de OSINERGMIN)
ⓘLa obligación legal que OSINERGMIN consideró incumplida, en la redacción textual del organismo. |
Estado (OSINERGMIN)
ⓘEstado por infracción según el propio OSINERGMIN, mostrado textual: FUNDADA, FUNDADA EN PARTE, INFUNDADA, ARCHIVADA, NULIDAD, EMITIDA. |
UIT
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
Multas (S/)
ⓘS/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026). |
% pagado
ⓘLa parte de la multa que OSINERGMIN reporta como pagada para esta infracción. No se ha confirmado con el organismo si refleja la cobranza al día. |
|---|---|---|---|---|
| 2.2.11 Sistema de suspensión automática. | ARCHIVADA | 0 | 0 | 0% |
Obligación (etiqueta de OSINERGMIN)
ⓘLa obligación legal que OSINERGMIN consideró incumplida, en la redacción textual del organismo. |
Estado (OSINERGMIN)
ⓘEstado por infracción según el propio OSINERGMIN, mostrado textual: FUNDADA, FUNDADA EN PARTE, INFUNDADA, ARCHIVADA, NULIDAD, EMITIDA. |
UIT
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
Multas (S/)
ⓘS/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026). |
% pagado
ⓘLa parte de la multa que OSINERGMIN reporta como pagada para esta infracción. No se ha confirmado con el organismo si refleja la cobranza al día. |
|---|---|---|---|---|
| 2.2.5 Diseño y operación de depósito de relaves y pilas de lixiviación. | INFUNDADA | 4.96 | 27,280 | 0% |
Obligación (etiqueta de OSINERGMIN)
ⓘLa obligación legal que OSINERGMIN consideró incumplida, en la redacción textual del organismo. |
Estado (OSINERGMIN)
ⓘEstado por infracción según el propio OSINERGMIN, mostrado textual: FUNDADA, FUNDADA EN PARTE, INFUNDADA, ARCHIVADA, NULIDAD, EMITIDA. |
UIT
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
Multas (S/)
ⓘS/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026). |
% pagado
ⓘLa parte de la multa que OSINERGMIN reporta como pagada para esta infracción. No se ha confirmado con el organismo si refleja la cobranza al día. |
|---|---|---|---|---|
| Incumplir con medidas complementarias, correctivas o preventivas dispuestas, asi como mandatos de carácter particular u otras obligaciones que fueran dispuestas por OSINERGMIN. (modificado por Res 448-2008-OS/CD) | INFUNDADA | 41.11 | 219,939 | 100% |
Obligación (etiqueta de OSINERGMIN)
ⓘLa obligación legal que OSINERGMIN consideró incumplida, en la redacción textual del organismo. |
Estado (OSINERGMIN)
ⓘEstado por infracción según el propio OSINERGMIN, mostrado textual: FUNDADA, FUNDADA EN PARTE, INFUNDADA, ARCHIVADA, NULIDAD, EMITIDA. |
UIT
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
Multas (S/)
ⓘS/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026). |
% pagado
ⓘLa parte de la multa que OSINERGMIN reporta como pagada para esta infracción. No se ha confirmado con el organismo si refleja la cobranza al día. |
|---|---|---|---|---|
| 1.1 Autorización de construcción. | EMITIDA | 22.44 | 120,054 | 100% |
| 1.2 Autorización de funcionamiento. | EMITIDA | 80.55 | 430,943 | 100% |
Obligación (etiqueta de OSINERGMIN)
ⓘLa obligación legal que OSINERGMIN consideró incumplida, en la redacción textual del organismo. |
Estado (OSINERGMIN)
ⓘEstado por infracción según el propio OSINERGMIN, mostrado textual: FUNDADA, FUNDADA EN PARTE, INFUNDADA, ARCHIVADA, NULIDAD, EMITIDA. |
UIT
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
Multas (S/)
ⓘS/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026). |
% pagado
ⓘLa parte de la multa que OSINERGMIN reporta como pagada para esta infracción. No se ha confirmado con el organismo si refleja la cobranza al día. |
|---|---|---|---|---|
| 1.2 Autorizacion de funcionamiento | INFUNDADA | 52.47 | 288,585 | 0% |
Obligación (etiqueta de OSINERGMIN)
ⓘLa obligación legal que OSINERGMIN consideró incumplida, en la redacción textual del organismo. |
Estado (OSINERGMIN)
ⓘEstado por infracción según el propio OSINERGMIN, mostrado textual: FUNDADA, FUNDADA EN PARTE, INFUNDADA, ARCHIVADA, NULIDAD, EMITIDA. |
UIT
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
Multas (S/)
ⓘS/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026). |
% pagado
ⓘLa parte de la multa que OSINERGMIN reporta como pagada para esta infracción. No se ha confirmado con el organismo si refleja la cobranza al día. |
|---|---|---|---|---|
| 2.2.5 Operación de depósitos de relaves y pilas de lixiviación | EMITIDA | 12.12 | 62,418 | 100% |
Obligación (etiqueta de OSINERGMIN)
ⓘLa obligación legal que OSINERGMIN consideró incumplida, en la redacción textual del organismo. |
Estado (OSINERGMIN)
ⓘEstado por infracción según el propio OSINERGMIN, mostrado textual: FUNDADA, FUNDADA EN PARTE, INFUNDADA, ARCHIVADA, NULIDAD, EMITIDA. |
UIT
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
Multas (S/)
ⓘS/ es el sol peruano. Las cifras grises en dólares son conversiones aproximadas a S/ 3.35 por US$1 (agosto de 2026). |
% pagado
ⓘLa parte de la multa que OSINERGMIN reporta como pagada para esta infracción. No se ha confirmado con el organismo si refleja la cobranza al día. |
|---|---|---|---|---|
| 2.2.5 Operación de depósitos de relaves y pilas de lixiviación | INFUNDADA | 30.42 | 150,579 | 100% |
| Año | Resolución
ⓘLa resolución es la decisión administrativa formal con la que OSINERGMIN cierra un procedimiento sancionador; no es una sentencia judicial. Una misma resolución puede multar varias infracciones a la vez, y es apelable ante el TASTEM, el tribunal de apelaciones del propio organismo. |
Administrado según la fuente | Tipo | Resolución del TASTEM |
|---|---|---|---|---|
| 18 de diciembre de 2017 | 2472-2017-OS-GSM | EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C. | 129-2018-OS-TASTEM-S2 | |
| 21 de junio de 2016 | 1884-2016-OS-GSM oculta en la página del organismo | EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C. | ||
| 30 de noviembre de 2015 | Resolución (PDF) | EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO SAC | ||
| 17 de noviembre de 2015 | Resolución (PDF) | EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C. | ||
| 22 de septiembre de 2015 | Resolución (PDF) | EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C. | ||
| 3 de julio de 2015 | Resolución (PDF) oculta en la página del organismo | EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C. | 239-2015-OS/TASTEM-S2 | |
| 12 de diciembre de 2012 | 17671-2012-OS-GG | EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C | 013-2013-OS-TASTEM-S2 |
La lista del propio organismo, congelada en diciembre de 2019. No publica el monto de la multa: el PDF de la resolución es el registro. Una fila que nombra al titular y a su contratista juntos se muestra tal como fue escrita.
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Eficacia de la fiscalización
El administrado obstaculizó las labores de supervisión del OEFA, al no permitir el normal desarrollo de la acción de supervisión a los supervisores designados, a fin de verificar los componentes y las áreas ubicadas al interior de la unidad fiscalizable Cerro de Pasco
|
6.54 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Abandono o remediación ambiental
Los titulares mineros no ejecutaron los siguientes programas sociales: (i) incorporación de las comunidades locales, principalmente aquellas más cercanas al Delta, como son Vicco y Cochamarca, dentro de las actividades de cierre, es decir la contratación de trabajadores dentro de las propias comunidades; (ii) encuestas de opinión de las comunidades cercanas al sitio (Yurajhuanca y Quiulacocha) para establecer si las medidas tomadas han producido alguna modificación negativa o positiva en el entorno, cuyo plazo para ejecución era hasta 18 de marzo de 2018, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental
|
293.91 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Excesos de Límites Máximos Permisibles y/o ECAS
El administrado excedió los Límites Máximos Permisibles (LMP) respecto al parámetro Zinc en el punto de muestreo EO-01, ubicado en las coordenadas UTM WGS84, Zona 8 816 970 N 358 922 E
|
10.19 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Actividades, componentes y/o equipos no declarados
El administrado no realizó el desplazamiento de la poza (celda N° 1) del depósito de relaves Ocroyoc hacia la margen izquierda del referido depósito de relaves, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
|
55.69 |
|
Excesos de Límites Máximos Permisibles y/o ECAS
El administrado excedió los Límites Máximos Permisibles respecto del parámetro cianuro total (Cn) en el punto de muestreo ESP-2, correspondiente al efluente que proviene del espejo de agua del depósito de relaves Ocroyoc y descarga en el río Ragra.
|
9.85 |
|
Residuos Sólidos
El administrado no realizó un adecuado manejo de los residuos sólidos domésticos, generados en los campamentos Esperanza y Railway
medida correctiva dictada
|
5.18 |
|
Actividades, componentes y/o equipos no declarados
El administrado implementó, como parte del sistema de bombeo del depósito de desmonte Rumiallana, los siguientes componentes: (i) poza de contención (poza N° 3) y (ii) poza de captación de filtraciones (poza auxiliar N° 4), los mismos que no están contemplados en sus instrumentos de gestión ambiental.
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El administrado no ejecutó de manera inmediata las medidasde mantenimiento, control y optimización de los sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano Garga y Paragsha, priorizando la dosificación de cloro, a fin de controlar los parámetros microbiológicos, cuya cantidad debía estar conforme a lo establecido en el Reglamento de calidad de Agua para consumo Humano, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2010-SA, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 055-2018-OEFA/DSEM.
|
127.80 |
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El administrado no ejecutó de manera inmediata las medidas de mantenimiento de los sistemas de bombeo de agua para consumo humano Garga y Paragsha, a fin de controlar la presencia de los parámetros microbiológicos en dicha agua, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 055-2018-OEFA/DSEM
|
63.75 |
|
Monitoreos ambientales
El administrado no realizó, como parte de las medidas de mantenimiento, control y optimización de los sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano Garga y Paragsha, el monitoreo diario, por un período de 10 días, del agua que abastece a la población, con el fin de analizar los parámetros Microbiológicos, Parasitológicos y cloro residual libre conforme a los anexos I y III del Reglamento de calidad de Agua para consumo humano, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2010-SA, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 055-2018-OEFA/DSEM
|
21.13 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El administrado no realizó la cloración en el tanque Uliachin, toda vez que las aguas provenientes de los reservorios Paragsha, y del Tanque Uliachin excedieron en el parámetro de coliformes totales; incumpliendo con el compromiso ambiental de brindar agua apta para consumo humano a las poblaciones de Bellavista, Paragsha y Uliachin, entre otras.
|
12.33 |
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El administrado no ejecutó las medidas de estabilidad física referidas al relleno del Rajo RP-213 y el desquinche de 1m manteniendo un talud de corte en 3:1 (V:H), incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
|
9.16 |
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El administrado no implementó las medidas de prevención y control a fin de evitar la presencia de material con potencial generador de drenaje ácido en el canal de derivación -ubicado en el interior del Rajo RP-219- y en un área de aproximadamente 678m2 ubicada en la parte final del Rajo.
La RTFA 0025-2021-OEFA/TFA-SE revoca el extremo referido a los 678 m2
|
8.20 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Residuos Sólidos
El administrado no realizó las acciones descritas en el plan de gestión del depósito de desmonte Rumiallana respecto a la disposición adecuada de los residuos sólidos domésticos generados por la ciudad de Cerro de Pasco, incluido en su instrumento de gestión ambiental; en lo referente a: i) realizar el esparcido y coberturado de los residuos sólidos ii) realizar la compactación de los residuos sólidos con la con la ayuda de un rodillo vibrador y/o tractor de oruga y iii) la conformación de plataformas
|
36.84 |
|
Manejo de efluentes
El administrado no realizó el manejo adecuado del agua clarificada del depósito de relaves Ocroyoc, en lo referente a conducirla hacia un tanque de almacenamiento para luego ser derivada hacia las plantas concentradoras Paragsha y San Expedito; en tanto estaría derivando dicha agua clarificada hacia una planta de tratamiento, para posteriormente ser descargada en el rio Ragra, en el punto con coordenadas UTM WGS84: 8816967N 358917E, incumplimiento así lo previsto en su instrumento de gestión ambiental
medida correctiva dictada
|
29.19 |
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El administrado no realizó la canalización y derivación de las aguas de escorrentía superficial proveniente del botadero Rumiallana hasta la planta de tratamiento de aguas ácidas (Planta de Neutralización), toda vez que, se detectó un canal para la colección y derivación del agua de contacto del depósito de desmonte Rumiallana que se conecta con un dren francés, en el punto con coordenadas UTM WGS 84: 361874E, 8820608N, y deriva el agua de escorrentía a través del rio Tingo, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental
|
24.89 |
|
Residuos Sólidos
El administrado dispuso los residuos sólidos industriales y peligrosos en el interior del Tajo Abierto Raúl Rojas, incumpliendo lo previsto en su instrumento de gestión ambiental
medida correctiva dictada
|
9.85 |
|
Abandono o remediación ambiental
El administrado no implementó las medidas de cierre progresivo establecidas en la APCM Cerro de Pasco 2012, para los siguientes pasivos ambientales: i) Bocamina BP-252, ii) Media barreta MP-212, iii) Cateo CP-212, iv) Rajo RP-95, v) Rajo RP-213, vi) Rajo RP-219, vii) Desmontera P-18-D, viii) Desmontera P-94-D, ix) Desmontera P-95-D, x) Desmontera P-113-D, xi) Desmontera P-124-D, xii) Desmontera P-125-D, xiii) Desmontera P-252-D, y xiv) Infraestructura IP-01, incumpliendo lo previsto en su instrumento de gestión ambiental
*Se archiva en el extremo que el administrado no implemento las medidas de cierre en Bocamina BP-252
medida correctiva dictada
|
4.25 |
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El administrado no cumplió con la obligación socioambiental del Programa de Desarrollo Local - Actividades de Apoyo a la Educación en lo referente a otorgar becas de estudio integrales a los alumnos de las instituciones educativas pertenecientes a las Comunidades y Localidades de Paragsha y Yurajhuanca que ocuparon el primer puesto al culminar la secundaria en carreras afines a la actividad minera, correspondiente al año 2016.
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El administrado no adoptó las medidas de prevención y control que eviten o impidan el afloramiento y acumulación de agua con caracterización ácida y elevada concentración de elementos metálicos en el rajo RP- 213 (en las coordenadas UTM WGS-84: 359706E, 8823474N) y en el rajo RP-219 (en las coordenadas UTM WGS-84: 359 907 E, 8 823 289N; y, 359926E, 8823275N), donde adicionalmente se infiltraba y discurría a través de un canal de tierra en dirección a una quebrada sin nombre
|
111.43 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Excesos de Límites Máximos Permisibles y/o ECAS
Los administrados excedieron los Límites Máximos Permisibles respecto de los parámetros potencial de hidrógeno (pH), sólidos totales suspendidos (STS), arsénico total (As), cobre total (Cu) y zinc total (Zn) en el punto de muestreo identificado como ESP- 1
|
62.29 |
|
Excesos de Límites Máximos Permisibles y/o ECAS
Los administrados excedieron los Límites Máximos Permisibles respecto de los parámetros potencial de hidrógeno (pH), sólidos totales suspendidos (STS), arsénico total (As), cobre total (Cu) y zinc total (Zn) en el punto de muestreo identificado como ESP- 1
|
62.29 |
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
Los administrados no implementaron el tratamiento de sedimentación y cloración del agua para consumo humano, en los tanques de Paragsha y Garga (Uliachin), para la distribución a la población de Paragsha y otras, hasta que la planta de tratamiento de agua potable de EMAPA Pasco opere al 100% de su capacidad, incumpliendo sus instrumentos de gestión ambiental.
|
24.35 |
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
Los administrados no implementaron el tratamiento de sedimentación y cloración del agua para consumo humano, en los tanques de Paragsha y Garga (Uliachin), para la distribución a la población de Paragsha y otras, hasta que la planta de tratamiento de agua potable de EMAPA Pasco opere al 100% de su capacidad, incumpliendo sus instrumentos de gestión ambiental.
|
24.35 |
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
Los administrados no ejecutaron programas regulares de inspección y mantenimiento preventivo de las instalaciones de la estación de bombeo Yurajhuanca, asimismo, no cuentan con un registro actualizado de estas actividades, incumpliendo lo establecido en la normativa ambiental.
|
21.68 |
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
Los administrados no ejecutaron programas regulares de inspección y mantenimiento preventivo de las instalaciones de la estación de bombeo Yurajhuanca, asimismo, no cuentan con un registro actualizado de estas actividades, incumpliendo lo establecido en la normativa ambiental.
|
21.68 |
|
Incumplimientos formales
Empresa Administradora Cerro S.A.C. no presentó al OEFA de manera completa la información solicitada mediante requerimiento documentario que forma parte del Acta de Supervisión, incumpliendo lo establecido en la normativa ambiental
|
3.65 |
|
Incumplimientos formales
Empresa Administradora Cerro S.A.C. no presentó al OEFA de manera completa la información solicitada mediante requerimiento documentario que forma parte del Acta de Supervisión, incumpliendo lo establecido en la normativa ambiental
|
3.65 |
|
Manejo de efluentes
Los administrados no implementaron medidas de manejo para minimizar la existencia de infiltraciones de agua ácida hacia el suelo ubicado adyacente al depósito de desmonte Hanancocha y el depósito de desmonte Stock piles (denominado aeropuerto), incumpliendo lo establecido en la normativa ambiental
|
|
|
Manejo de efluentes
Los administrados no implementaron medidas de manejo para minimizar la existencia de infiltraciones de agua ácida hacia el suelo ubicado adyacente al depósito de desmonte Hanancocha y el depósito de desmonte Stock piles (denominado aeropuerto), incumpliendo lo establecido en la normativa ambiental
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Eficacia de la fiscalización
El administrado no implementó un sistema de control de la dispersión del material particulado en el depósito de desmontes Miraflores, de manera que evite que el material particulado llegue al Parque Infantil Ecológico Paragsha, incumpliendo lo dispuesto en la medida preventiva dictada en el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 007-2017- OEFA/DS
|
|
|
Eficacia de la fiscalización
El administrado no implementó un cerco perimétrico hacia el lado que colinda el Depósito de Desmonte Miraflores con el Parque Infantil Ecológico Paragsha, a fin de evitar el ingreso de personas a dicho componente incumpliendo lo dispuesto en la medida preventiva dictada en el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 007 2017-OEFA/DS
|
|
|
Eficacia de la fiscalización
El administrado no retiró el suelo del Parque Infantil Ecológico Paragsha, incumpliendo lo dispuesto en la medida preventiva dictada en el artículo 3° de la Resolución Directoral N° 007-2017-OEFA/DS
|
|
|
Eficacia de la fiscalización
El cronograma presentado por el administrado para la ejecución de las actividades señaladas en los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución Directoral N° 007-2017 OEFA/DS, no contempla las medidas para ejecutar el retiro (limpieza) del suelo del Parque Ecológico de Paragsha, asimismo, los plazos previstos para ejecutar las actividades programadas exceden los plazos establecidos en el artículo 4° de la Resolución Directoral N° 007-2017-OEFA/DS
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Actividades, componentes y/o equipos no declarados
El administrado realizó perforaciones de tipo RC19 en el Botadero de Desmonte Rumiallana, actividad no establecida en su instrumento de gestión ambiental
medida correctiva dictada
|
17.41 |
|
Residuos Sólidos
El administrado no realizó el manejo seguro, sanitario y ambientalmente adecuado de los residuos sólidos domésticos, en el Campamento 1° de Mayo que forma parte de la Unidad Minera Cerro de Pasco, incumpliendo la normativa de Residuos Sólidos.
medida correctiva dictada
|
8.02 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Abandono o remediación ambiental
El titular minero no ejecutó las actividades de cierre progresivo del pasivo ambiental Media Barreta MP-212, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental
|
|
|
Manejo de efluentes
El titular minero no realizó el tratamiento del caudal correspondiente al 140 l/s – 150 l/s de agua ácida proveniente de las operaciones de la unidad minera Cerro de Pasco (entre 140 y 150 l/s) a través de la Planta de Neutralización debido a la paralización de ésta, incumpliendo
su instrumento de gestión ambiental.
medida correctiva dictada
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Incumplimientos formales
Administradora Cerro remitió los informes semestrales correspondiente al período 2014 - II de manera incompleta respecto al avance de las labores de rehabilitación señaladas en el Plan de Cierre de Minas, así como de aquellas actividades de cierre comprometidas para el semestre inmediato posterior
|
|
|
Incumplimientos formales
Administradora Cerro remitió los informes semestrales correspondiente al período 2015 - I de manera incompleta respecto al avance de las labores de rehabilitación señaladas en el Plan de Cierre de Minas, así como de aquellas actividades de cierre comprometidas para el semestre inmediato posterior
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El titular minero no habría implementado la estación de bombeo que colecta el agua de filtración proveniente del depósito de relaves Ocroyoc y su derivación al espejo de agua de la relavera, incumpliendo lo establecido en su instrumento ambiental .
medida correctiva dictada
|
|
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El titular minero no habría adoptado las medidas de previsión y control que eviten e impidan el contacto directo de restos de cal al interior del canal de coronación del lado izquierdo del depósito de relaves Ocroyoc, ubicado en las coordenadas UTM WGS 84: 359134E, 8817613N, de acuerdo a la normativa ambiental .
|
|
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El titular minero no habría adoptado las medidas de previsión y control que eviten e impidan el contacto de relave con el suelo, debido a la rotura de la tubería de la línea de conducción de relave ubicada en las coordenadas UTM WGS 84 360417E, 8818209N, incumpliendo la normativa ambiental .
medida correctiva dictada
|
|
|
Manejo de efluentes
El titular minero descarga en el río Ragra agua proveniente del espejo del depósito de relaves Ocroyoc, ubicado en las coordenadas UTM WGS84 358925E, 8816971N, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental .
medida correctiva dictada
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El titular minero remitió el informe semestral del Plan de Cierre de Minas correspondiente al primer semestre del 2016 de manera incompleta, respecto de los siguientes componentes: bocamina BP-252, bocamina BP-18 y Media Barreta MP-212.
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Manejo de efluentes
Supervisión Especial 2015-II
El titular minero derivó agua ácida proveniente del depósito de relaves Quiulacocha a la planta de neutralización de agua ácida del sector Pampa Seca, incumpliendo lo dispuesto en su instrumento de gestión ambiental
medida correctiva dictada
|
|
|
Actividades, componentes y/o equipos no declarados
Supervisión Especial 2015-II
El titular minero implementó la planta de tratamiento de agua residual Ocroyoc, la cual no se encuentra contenida en sus instrumentos de gestión ambiental .
medida correctiva dictada
|
|
|
Compromisos y/o normas ambientales complejas
Supervisión Especial 2016
El titular minero no implementó un sistema de captación del agua ácida proveniente del Stock Pile 7D para derivarla hacia la planta de neutralización de agua ácida, incumpliendo lo dispuesto en su instrumento de gestión ambiental
medida correctiva dictada
|
|
|
Compromisos y/o normas ambientales complejas
Supervisión Especial 2016
El titular minero no adoptó las medidas de previsión y control que eviten o impidan que el agua ácida proveniente del afloramiento en la parte baja de la estación de ferrocarril “Depósito Paul Cureña, discurra por el suelo e ingrese al canal que conduce el agua del río Ragra
medida correctiva dictada
|
|
|
Residuos Sólidos
Supervisión Regular 2016
El titular minero no realizó un adecuado acondicionamiento de sus residuos sólidos peligrosos en las cámaras de bombeo de mina
medida correctiva dictada
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Compromisos y/o normas ambientales complejas
Administradora Cerro deberá realizar la revegetación del Depósito de Desmonte Miraflores, específicamente en el área que colinda con la población (parque ecológico infantil Paragsha).
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Adopción de medidas de previsión y control ambiental
El titular minero no adoptó medidas de previsión y control que eviten e impidan la presencia de sedimentos en el río Ragra
medida correctiva dictada
|
25.93 |
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El titular minero no habría realizado el riego continuo de la carretera del depósito de desmonte Rumiallana, conforme a lo establecido en su instrumento de gestión ambiental, generando así la emisión de material particulado como consecuencia del paso de los camiones que transportan mineral.
medida correctiva dictada
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Abandono o remediación ambiental
El titular minero no habría realizado la instalación de un cerco perimétrico ni las medidas de rehabilitación del área colindante a la laguna Yanamate (coordenadas UTM WGS84 363034 E; 8815673 N), incumpliendo su plan de cierre de minas.
medida correctiva dictada
|
| Infracción (clasificación de la OEFA) | Multa (UIT)
ⓘLa UIT (Unidad Impositiva Tributaria) es la unidad de referencia tributaria del Perú, actualizada cada año. OSINERGMIN expresa cada multa también en UIT, además de en soles. |
|---|---|
|
Compromisos y/o normas ambientales simples
El titular minero no ejecutó los trabajos de disposición del sistema de operación del botadero Rumiallana, incumpliendo su instrumento de gestión ambiental.
medida correctiva dictada
|
|
|
Emergencias ambientales
En la línea de conducción de relaves de la Planta Concentradora San Expedito que va desde la zona de Pampa Seca hasta el Depósito de relaves Ocroyoc no se implementó un sistema de contingencia para casos de derrame de relaves.
medida correctiva dictada
|
Del Registro Único de Infractores Ambientales Sancionados (RUIAS) de la OEFA, subsector minería, corte al 30 de abril de 2024. Las multas están en UIT, la unidad tributaria que el Perú revalúa cada año, tal como las expresa la OEFA; un expediente puede tener varias infracciones y una medida correctiva en lugar de multa.
| Fecha de fallecimiento | Unidad minera | Tipo de accidente (según la fuente) | Lugar | Categoría |
|---|---|---|---|---|
| 2 de octubre de 2011 | CERRO DE PASCO | DESPRENDIMIENTO DE ROCAS | SIMON BOLIVAR, PASCO, PASCO | Gran y Mediana Minería |
Una fila por fallecido según la lista de datos abiertos del Ministerio de Energía y Minas, que nombra al titular y a la unidad minera. El archivo no tiene filas de 2019 y solo 10 de 2017-2018, un vacío de la fuente; los fallecidos posteriores a junio de 2021 no están en él.